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19/04/2012
Senado mexicano aprueba reforma financiera: castigarán a deudores de la banca IV
Para finalizar nuestra exposición de las medidas introducidas en la reforma financiera mexicana, que esperamos sea un estándar a seguir por las legislaciones de países que aún presentan áreas grises en estos aspectos, podemos incluir el hecho de que la misma permite a las Sociedades Financieras Populares actuar como fiduciarias, cuando cuenten con los niveles de operación más altos. Las reformas fortalecen el marco regulatorio de las Uniones de Crédito, que de ahora en adelante podrán recibir financiamientos descentralizados de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como del Distrito Federal, y se podrán capitalizar a través de la emisión y suscripción de acciones preferentes hasta por un monto del 25% del capital ordinario.
Adicionalmente, las reformas colaboran con el mantenimiento del equilibrio de la participación de los diversos actores que intervienen en el concurso mercantil; agilizan los procedimientos para lograr la maximizaicón del valor económico de las empresas en beneficio de acreedores, comerciantes y empleados, promueve la inserción de medidas de protección a los acreedores, y también al comerciante frente a abusos de acreedores o funcionarios que formen parte de los procesos de concurso mercantil.
Crea un Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías, del Sistema Integral de Información de Almacenamiento de Productos Agropecuarios, mejoran la regulación de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, los cuales permanecerán bajo la jurisdicción y vigilancia de la Condusef.
En cuanto a la liquidación bancaria se considera la extinción de capital como causa de revocación de la autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple; dicho concepto activará el inicio de la liquidación; se otorga el carácter de liquidador judicial al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, y se considera la participación del juez en todas las etapas de la liquidación judicial bancaria, lo que le dará certeza jurídica a las partes.
Se integra un procedimiento expedito para el reconocimiento de los acreedores de la institución; se establece un procedimiento de enajenación de bienes que se rija con los principios de economía, eficacia, imparcialidad y transparencia; se buscará en todo momento las mejores condiciones y los plazos más cortos de recuperación de recursos.
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